Rubro
PRUEBAS SUPERVENIENTES. INADMISIBLES EN EL RECURSO DE REVISION.
Contenido
En el procedimiento del recurso de revisión no es posible tener por ofrecidas pruebas diferentes de las aportadas por las partes durante la instrucción, aún cuando tengan el carácter de supervenientes, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado.
Antecedentes
Recurso de Revisión. Expediente número 373/98, 25 de Enero de 1999.
Recurso de Revisión. Expediente número 325/98, 04 de Febrero de 1999.
Recurso de Revisión. Expediente número 379/98, 23 de Abril de 1999.