CONSULTA DE CRITERIOS

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Fiscal C.29/2001 Criterio Sexta sesión extraordinaria 11 de julio de 2001

Rubro

NOTIFICACIONES. EL RECURSO DE REVISION NO ES LA VIA IDONEA PARA SOLICITAR SU NULIDAD.

Contenido

El recurso de revisión no es la vía idónea para impugnar las notificaciones practicadas dentro del juicio, toda vez que la nulidad de notificaciones no debe pedirse en la vía del recurso de revisión, sino ante el propio Magistrado que ordenó el emplazamiento irregular. La vía prevista es la de la petición de nulidad de notificaciones, en la que el Tribunal debe resolver de plano y sin formar expediente, en los términos señalados en el artículo 41 de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado.

Antecedentes

Recurso de Revisión. Expediente número 304/97, 19 de Febrero de 1998. Recurso de Revisión. Expediente número 303/98, 27 de Julio de 1999. Recurso de Revisión. Expediente número 213/00, 08 de Noviembre del 2000.

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