Rubro
IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISION.
Contenido
De conformidad con lo establecido en el artículo 90, de la Ley de Justicia Administrativa en el Estado, el Recurso de Revisión no es la vía idónea para resolver Incidentes de Previo y Especial Pronunciamiento, establecidos en el artículo 62 de la Ley en comento, toda vez que éstos se promueven ante los Magistrados Instructores que conozcan del Juicio principal.
Antecedentes
Recurso de Revisión. Expediente número 301/97, 22 de Octubre de 1997.
Recurso de Revisión. Expediente número 303/97, 28 de Octubre de 1997.
Recurso de Revisión. Expediente número 304/97, 19 de Noviembre de 1997.