Rubro
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PRINCIPIO DISPOSITIVO.
Contenido
En el proceso contencioso administrativo regulado por la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Nuevo León, a excepción de algunas reglas que ofrecen un sentido diferente, predominan los principios del proceso dispositivo. Consisten éstos principios en que el ejercicio de la acción, su proyección a través del proceso y, de cierta manera, la actividad del propio Juzgador se llevan a cabo en razón del impulso procesal de las partes contendientes. De esta guisa, no resulta válido afirmar que en el juicio contencioso administrativo el impulso procesal constituye en todo momento una obligación a cargo del Magistrado.
Antecedentes
Recurso de Revisión. Expediente número 003/99, 28 de Marzo del 2000.
Recurso de Revisión. Expediente número 131/98, 18 de Mayo del 2000.
Recurso de Revisión. Expediente número 229/98, 08 de Junio del 2000.