CONSULTA DE CRITERIOS

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Registro Materia Numero Clase Sesion Fecha de Inicio

117

Administrativa C.12/2007 Criterio Tercera sesión extraordinaria 20 de febrero de 2007

Rubro

QUEJA O INCONFORMIDAD PREVISTA EN EL REGLAMENTO DE VIALIDAD Y TRANSITO DE LA MUNICIPALIDAD. NO ES MEDIO DE IMPUGNACION DE MULTAS DE TRANSITO.

Contenido

Si bien, el artículo 146 del Reglamento de Vialidad y Tránsito del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, establece que cualquier persona que tenga una queja o que esté inconforme por actos cometidos por personal de tránsito, puede acudir a inconformarse ante el titular de la dependencia encargada de vigilar el tránsito y la vialidad; al analizarse el alcance y contenido del precepto reglamentario citado, se advierte que la queja o inconformidad, no constituye un medio legal de defensa con el cual el gobernado pueda combatir la legalidad del acto sancionatorio, ni contempla la posibilidad de revocación del mismo, lo anterior es así, ya que, tal instancia, únicamente va dirigida a evidenciar la actuación del personal de tránsito.

Antecedentes

Recurso de Revisión 352/2005. 21 de octubre de 2005. Recurso de Revisión 411/2005. 21 de octubre de 2005. Recurso de Revisión 444/2005. 13 de marzo de 2006.

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