Rubro
INTERES JURIDICO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. NOCION DE.
Contenido
La expresión "interés jurídico" contenida en el artículo 56, fracción V de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Nuevo León, presupone la existencia de un derecho jurídicamente tutelado que, cuando se vulnera por la actuación de la autoridad administrativa, faculta a su titular a acudir ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, demandando el cese de esa lesión. Este derecho protegido por el ordenamiento legal objetivo es lo que constituye el interés jurídico.
Antecedentes
Recurso de revisión 147/2000. 13 de junio de 2002.
Recurso de revisión 223/2000. 06 de diciembre de 2002.
Recurso de revisión 196/2001. 12 de agosto de 2002.